213 pg. // A finales del 2003, con la publicación de la Ley 54/2003, aparece en el mundo del trabajo una nueva figura, el «recurso preventivo», con la que el legislador pretende paliar los problemas que la externalización de la prevención acarrea para la efectiva reducción de la siniestralidad laboral. Esta nueva figura nos genera muchas preguntas: ¿Qué es? ¿Qué funciones tiene?¿Qué formación debe poseer? ¿De qué herramientas ha de disponer? ¿Cómo y cuándo debe actuar? ¿Cómo y cuándo se nombra? ¿Quién lo nombra? ¿Quién puede ser nombrado? ¿Es remunerado? ¿ Se puede negar el nombramiento? ¿ Puede serlo un delegado de prevención o autónomo? A todas estas cuestiones quiere responder el manual. //
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